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Recupera tu IVA

Este servicio va dirigido a la recuperación de crédito fiscal en circunstancias que una empresa deudora cae en cesación de pago o “quiebra”, que ahora se denomina Liquidación forzosa o voluntaria.


Cuando se emiten las facturas, el Estado exige que conjuntamente se pague y entere en arcas fiscales el Impuesto al Valor Agregado (IVA), recargado en cada una de ellas. Al día de hoy, este asciende al 19% del valor de la misma.


En caso de que su cliente no le pague la factura por haber sido declarado en liquidación concursal, el propio Estado, a través de la Ley 20720, estableció el mecanismo de la emisión de la Nota de Débito, autorizando al liquidador concursal para que cumpliéndose los requisitos legales, se genere este documento tributario en su favor.